Productos cosméticos

El Reglamento sobre cosméticos de la UE tiene por objeto garantizar la salud de los consumidores y, asimismo, fomentar la innovación europea y reforzar la competitividad en el sector de los cosméticos a escala global.

Los fabricantes e importadores de la UE son responsables de garantizar la seguridad de sus productos, ya sean cosméticos o cualesquiera otros productos de consumo. Todos los productos cosméticos deben notificarse a través del Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP) antes de su comercialización en la UE. La presencia de un nanomaterial en un producto cosmético debe declararse explícitamente en la notificación a la Comisión Europea.

Como mínimo, la notificación debe contener la siguiente información:

  • Identificación del nanomaterial, incluida su denominación química y otros descriptores especificados en el Reglamento.
  • Especificación del nanomaterial, incluido el tamaño de las partículas y sus propiedades físicas y químicas.
  • Estimación de la cantidad de nanomateriales contenidos en el producto cosmético que se comercializará anualmente.
  • Perfil toxicológico del nanomaterial.
  • Datos de seguridad del nanomaterial.
  • Toda la información relativa a las condiciones de exposición razonablemente previstas.

Además, los productos cosméticos que contengan nanomateriales distintos de colorantes, conservantes y filtros UV y que no estén restringidos por el Reglamento sobre productos cosméticos están sujetos a un procedimiento adicional. Requieren una notificación específica a través del CPNP seis meses antes de su comercialización. Si la Comisión Europea alberga dudas sobre la seguridad de un nanomaterial, puede solicitar al Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CSSC) que realice una evaluación de riesgos.

Determinados grupos de sustancias (colorantes, conservantes y filtros UV, incluidos los que constan de nanomateriales) deben ser autorizados por la Comisión Europea antes de su utilización en productos cosméticos. Un dictamen del CSSC, en el que se examinan los datos toxicológicos presentados, precede a esta autorización.

La Comisión Europea tiene la responsabilidad de publicar un catálogo de todos los nanomateriales utilizados en productos cosméticos en el mercado de la UE. El catálogo se basa en la información facilitada por los fabricantes a través del CPNP.

Si un producto contiene nanomateriales, debe indicarse en la lista de ingredientes, incluyendo la palabra «nano» entre paréntesis directamente a continuación del nombre de tal sustancia.